Cuando se habla de herencias, es habitual que muchas personas confundan los términos “heredero” y “legatario”, y más aún cuando se añade el adjetivo “forzoso”. Pero entender bien la diferencia no es un mero tecnicismo: puede cambiar por completo la forma en la que se reparten los bienes, los derechos que se tienen y hasta la posibilidad de impugnar un testamento.
En este artículo te explico cuáles son las diferencias clave entre un legatario y un heredero forzoso, con ejemplos reales y consejos prácticos para que sepas qué papel te corresponde en una sucesión.
¿Qué es un heredero forzoso?
Un heredero forzoso (también llamado “legitimario”) es aquella persona que por ley tiene derecho a recibir una parte mínima del patrimonio del fallecido, incluso aunque el testador no quiera dejarle nada. Esta parte se conoce como legítima.
El Código Civil español establece en su artículo 806 que son herederos forzosos:
- Los hijos y descendientes del fallecido.
- A falta de estos, los padres y ascendientes.
- El cónyuge viudo.
Esta figura protege los derechos familiares y evita que una persona pueda desheredar arbitrariamente a sus hijos, padres o cónyuge, salvo en supuestos muy concretos previstos por la ley.
¿Qué es un legatario?
Por su parte, el legatario es quien recibe un bien concreto del fallecido (una finca, una joya, una cantidad de dinero…), porque así lo ha dispuesto el testador en el testamento. A diferencia del heredero, no participa en la totalidad de la herencia, ni responde de las deudas del fallecido (salvo que se indique lo contrario).
Ejemplo:
“Lego a mi amigo Juan mi colección de relojes antiguos.”
Juan será legatario, pero no heredero. Solo recibe ese bien concreto.
Principales diferencias entre legatario y heredero forzoso
Aspecto | Heredero forzoso | Legatario |
---|---|---|
Derecho garantizado por ley | Sí | No |
Parte mínima obligatoria | Sí (la legítima) | No tiene parte obligatoria |
Participación en el reparto | Sí, del conjunto de la herencia | Solo del bien específico legado |
Responsabilidad sobre deudas | Sí, salvo beneficio de inventario | No, salvo mención expresa |
Puede impugnar testamento | Sí, si se ve perjudicado | Generalmente no |
¿Puede una misma persona ser legataria y heredera forzosa?
Sí, perfectamente. Por ejemplo, un hijo puede ser heredero forzoso (por ley) y además recibir un bien específico como legado. En ese caso tendrá doble condición, y se aplicarán las reglas correspondientes a cada figura.
Esto es muy habitual en testamentos que buscan premiar a un hijo con algún bien concreto (una casa, un coche, un negocio) sin alterar el reparto general.
¿Qué pasa si el testamento perjudica a los herederos forzosos?
Si un testamento no respeta la legítima de los herederos forzosos, estos pueden impugnarlo y reclamar su parte. Esto no ocurre con los legatarios: si su legado perjudica a los forzosos, el legado puede ser reducido o eliminado.
Ejemplo:
Un padre lega toda su herencia a su amigo. Sus hijos, como herederos forzosos, pueden impugnar el testamento y reclamar su legítima, lo que dejaría al amigo sin parte o con una mínima.
¿Cómo se tramita cada figura?
En el proceso de reparto de una herencia:
- Los herederos forzosos participan en la aceptación y partición de la herencia. También deben firmar ante notario.
- Los legatarios solo deben recibir el bien que se les legó. No intervienen en el reparto general.
Es muy común que los herederos, especialmente si están bien asesorados, sean quienes entregan los legados a los legatarios una vez completado el inventario.
Casos frecuentes y errores comunes
He visto muchos casos en los que se producen errores graves por no distinguir estas figuras:
- Legatarios que creen tener los mismos derechos que los herederos.
- Hijos que ignoran que, como herederos forzosos, pueden reclamar su parte incluso sin estar mencionados en el testamento.
- Testamentos que entregan bienes a legatarios sin prever cómo afecta eso al resto del reparto.
Por eso es fundamental redactar correctamente un testamento y revisar cómo se reparten los bienes según la ley y la voluntad real del testador.
Consejos prácticos para testadores
- Respeta la legítima: Si quieres evitar conflictos, asegúrate de dejar la parte mínima a tus herederos forzosos.
- Define bien los legados: Si vas a dejar un bien concreto a alguien, deja claro qué es, dónde está y que no afecta al reparto obligatorio.
- Consulta con un abogado: La planificación sucesoria es algo más que rellenar un papel. Un error puede invalidar un legado o desatar un pleito.
Conclusión
Entender las diferencias entre legatarios y herederos forzosos no solo es esencial para quien redacta su testamento, sino también para quienes lo reciben. Saber qué derechos te corresponden, cómo se distribuyen los bienes y cuándo puedes reclamar es clave para evitar sorpresas desagradables.
Si tienes dudas sobre tu situación o la de tus familiares, no dudes en contactar con un especialista en herencias. Te ahorrarás tiempo, dinero… y muchos disgustos.