Introducción: la herencia en el ámbito conyugal
Cuando hablamos de herencias y sucesiones, uno de los aspectos que más dudas genera es qué ocurre con los bienes de los cónyuges, especialmente en el régimen económico matrimonial de gananciales. En nuestra experiencia como abogados especializados en herencias y en el Impuesto de Sucesiones, es habitual que las familias nos pregunten si es necesario un testamento entre cónyuges, cómo se reparte el patrimonio común y qué derechos tiene el viudo o la viuda frente a los hijos.
Somos un equipo de abogados especializados en herencias e impuesto de sucesiones, gestionamos testamentos, sucesiones y somos especialistas en el Impuesto de Sucesiones. Minimizamos tus costes fiscales y resolvemos todos los trámites legales de herencias en Madrid con eficacia, cercanía y transparencia. Esa práctica diaria nos ha demostrado que la planificación patrimonial entre cónyuges es la clave para evitar conflictos familiares y optimizar la carga fiscal.
¿Qué es un testamento entre cónyuges?
El testamento entre cónyuges es aquel que regula cómo se distribuirán los bienes comunes y privativos cuando uno de los dos fallezca. No existe un modelo único, pero sí una serie de fórmulas habituales para proteger al viudo o viuda y asegurar que la voluntad de ambos se respete.
Es importante no confundirlo con el testamento mancomunado o conjunto, que en España solo está permitido en Aragón y Navarra. En el resto del territorio, cada cónyuge debe otorgar su propio testamento, aunque se diseñen de forma coordinada.
El régimen económico matrimonial de gananciales
En España, salvo que se pacten capitulaciones matrimoniales, el régimen legal por defecto es el de sociedad de gananciales. Esto significa que:
- Los bienes adquiridos durante el matrimonio son comunes.
- Los bienes privativos de cada cónyuge son los que tenían antes del matrimonio, las herencias o donaciones recibidas individualmente.
- Al fallecer uno de los cónyuges, se disuelve la sociedad de gananciales: primero se reparte al 50 % el patrimonio común, y después se hereda la mitad correspondiente al fallecido.
Ejemplo práctico: si un matrimonio posee una vivienda adquirida durante el matrimonio, la mitad ya pertenece al cónyuge sobreviviente como ganancial, y la otra mitad entra en la herencia.
Derechos del cónyuge viudo en la herencia
El Código Civil reconoce al cónyuge viudo derechos sucesorios, que dependen de si hay descendientes o ascendientes:
- Si hay hijos, el viudo tiene derecho al usufructo del tercio de mejora.
- Si no hay hijos pero sí ascendientes, el usufructo corresponde a la mitad de la herencia.
- Si no hay descendientes ni ascendientes, el viudo hereda en usufructo dos tercios de la herencia.
Estos derechos son independientes de la mitad de gananciales que ya le corresponde por disolución de la sociedad.
Fórmulas habituales en testamentos entre cónyuges
- Cláusula del uno para el otro: cada cónyuge lega al otro el usufructo universal de su herencia, permitiendo al viudo usar y disfrutar todos los bienes hasta su fallecimiento.
- Mejora a favor del cónyuge: dentro del tercio de mejora, se designa al viudo como beneficiario, reforzando su protección.
- Sustitución vulgar entre cónyuges: si uno no llega a heredar, pasa directamente al otro.
- Legados concretos: adjudicar bienes específicos al cónyuge (por ejemplo, la vivienda familiar).
En nuestro despacho recomendamos adaptar estas fórmulas a cada caso, teniendo en cuenta el número de hijos, el patrimonio común y privativo y las ventajas fiscales del Impuesto de Sucesiones en la Comunidad de Madrid.
Impuesto de Sucesiones entre cónyuges en Madrid
En la Comunidad de Madrid existe una bonificación del 99 % en el Impuesto de Sucesiones entre cónyuges. Esto significa que el viudo o viuda pagará una cantidad simbólica al heredar. Sin embargo, para aplicar la bonificación es imprescindible tramitar correctamente la aceptación de herencia y cumplir con los plazos legales.
Hemos ayudado a muchos matrimonios a planificar sus herencias en Madrid teniendo en cuenta esta ventaja fiscal, lo que permite proteger al cónyuge superviviente sin cargas económicas innecesarias.
Errores frecuentes al no planificar el testamento entre cónyuges
- Confiar en la herencia intestada, lo que puede dejar desprotegido al viudo.
- No diferenciar entre bienes gananciales y privativos, generando disputas entre hijos y cónyuge.
- No prever cláusulas específicas en el testamento para reforzar la posición del cónyuge.
- Ignorar el impacto del Impuesto de Sucesiones en otras comunidades donde no existen bonificaciones.
Casos reales que hemos gestionado
- Protección del viudo con hijos menores: en un caso, reforzamos el testamento para que el cónyuge pudiera administrar y disfrutar de todos los bienes hasta la mayoría de edad de los hijos.
- Empresa familiar: otro cliente decidió adjudicar sus participaciones sociales al cónyuge, asegurando continuidad en la gestión de la empresa.
- Parejas de segundas nupcias: planificamos un testamento equilibrado para proteger al nuevo cónyuge sin perjudicar a los hijos del primer matrimonio.
Conclusión: planificar el testamento en pareja es asegurar la tranquilidad
El testamento entre cónyuges es una herramienta esencial para garantizar la seguridad del viudo o viuda y evitar conflictos entre herederos. Conocer cómo funciona el régimen de gananciales y los derechos del cónyuge superviviente permite planificar de forma justa y eficiente.
En Herencias y Testamentarías ayudamos a matrimonios a diseñar sus testamentos con claridad, protegiendo siempre al cónyuge, respetando la legítima de los hijos y aplicando las bonificaciones fiscales del Impuesto de Sucesiones en Madrid. Somos un equipo de abogados especializados en herencias, testamentos y sucesiones, y trabajamos con eficacia, cercanía y transparencia para que tu herencia se transmita sin problemas.