Si tienes la suerte de tramitar una herencia en la Comunidad de Madrid, tengo una buena noticia para ti: te ha tocado la lotería fiscal. Mientras en otras comunidades autónomas heredar puede suponer un «hachazo» de Hacienda que te obligue a vender propiedades, en Madrid gozamos de una de las fiscalidades más amables de toda Europa para el entorno familiar directo.
Como abogado especializado en herencias en Madrid, veo a diario el alivio de mis clientes cuando les hago los números. Estamos hablando de pagar un importe simbólico en lugar de una fortuna. Pero ojo, no es automático. Para conseguir esa famosa bonificación del 99%, debes cumplir unos requisitos formales estrictos. Si fallas en uno, Hacienda te cobrará el 100%. En este artículo te explico la letra pequeña para que tu herencia se quede en casa, no en las arcas públicas.
1. ¿Qué es exactamente la Bonificación del 99%?
Vamos a ser precisos. En el Impuesto de Sucesiones hay dos fases de rebajas:
- Reducciones (Estatales y Autonómicas): Restan valor a lo que heredas antes de calcular el impuesto (ej. por parentesco o vivienda habitual).
- Bonificaciones (Autonómicas): Se aplican al final, sobre la cuota que te sale a pagar.
En Madrid, para cónyuges, hijos, nietos, padres y abuelos, existe una bonificación del 99% de la Cuota Tributaria.
¿Qué significa esto en euros? Imagina que, tras hacer todos los cálculos, te sale que debes pagar 10.000€ de impuestos.
- En una comunidad sin bonificar: Pagarías 10.000€.
- En Madrid: Se aplica el 99% de descuento. Solo pagas el 1% restante. Pagarías 100€.
Es un ahorro brutal que convierte el impuesto en algo casi testimonial.
2. ¿Quiénes pueden beneficiarse? (Grupos I y II)
No todo el mundo tiene derecho a este «descuento VIP». Está reservado para los parientes más cercanos, lo que la ley llama Grupos I y II de parentesco:
- Grupo I: Descendientes menores de 21 años (Hijos, nietos adoptados o naturales).
- Grupo II:
- Descendientes de 21 años o más (Hijos adultos, nietos).
- Cónyuges (Marido/Mujer).
- Ascendientes (Padres, abuelos).
¡Novedad Importante! Las Parejas de Hecho. Madrid es una comunidad pionera en esto. Si eres Pareja de Hecho inscrita en el Registro de Uniones de Hecho de la Comunidad de Madrid (o registro equivalente), a efectos fiscales eres igual que un cónyuge casado. Tienes derecho al 99%.
- Advertencia de abogado: Si sois pareja de hecho «de palabra» pero no os inscribisteis en el Registro, para Hacienda sois «extraños» (Grupo IV) y pagaréis el máximo sin bonificación. La inscripción es vital.
3. El Requisito de Oro: La Escritura Pública Notarial
Aquí es donde mucha gente mete la pata y pierde miles de euros. La normativa de la Comunidad de Madrid exige un requisito formal indispensable para aplicar la bonificación del 99%:
«La bonificación solo será aplicable si la adquisición se formaliza en Escritura Pública ante Notario.»
¿Qué significa esto? Que no vale un documento privado. En otras comunidades, o para herencias muy pequeñas, a veces se hace un «cuaderno particional privado» y se lleva a Hacienda para liquidar. Es legal y más barato (te ahorras al notario). PERO EN MADRID NO LO HAGAS.
Si presentas un documento privado, Hacienda te dirá: «Muy bien, documento aceptado, pero como no es Escritura Pública, pierde usted la bonificación del 99% y paga el 100% del impuesto». El coste del Notario (unos cientos de euros) es ridículo comparado con lo que te ahorras en impuestos. En Madrid, ve siempre al Notario.
4. Ejemplo Real: La diferencia abismal
Para que lo veas claro, vamos a simular una herencia típica de un padre a un hijo de 35 años.
- Herencia: Un piso en Vallecas valorado en 200.000€ y una cuenta con 50.000€. Total: 250.000€.
Cálculo aproximado (Simplificado):
- Base Imponible: 250.000€.
- Reducción Estatal Parentesco: -16.000€ (aprox).
- Base Liquidable: 234.000€.
- Cuota teórica (según tablas): Unos 35.000€ aprox.
Opción A: Sin Bonificación (Lo que se pagaría fuera de Madrid o sin notario)
- A pagar: 35.000€. (Un golpe durísimo).
Opción B: Con Bonificación Madrid (99%)
- Cuota: 35.000€.
- Bonificación 99%: -34.650€.
- A PAGAR: 350€.
¿Ves la diferencia? Por eso es vital contar con asesoramiento especializado que garantice que cumples los requisitos para estar en la Opción B.
5. ¿Y qué pasa con los Hermanos y Tíos? (Grupos III)
Hasta hace poco, los hermanos y sobrinos (Grupo III) no tenían bonificación y pagaban mucho. Pero la Comunidad de Madrid ha mejorado esto recientemente. Si heredas de un hermano o de un tío en Madrid:
- Ya existe una bonificación del 25% de la cuota.
- No es el 99% de los hijos, pero es un descuento del 25% que antes no existía y que alivia la factura.
- También exige Escritura Pública.
6. La Burocracia Madrileña: Autoliquidación Obligatoria (Hazlo tú mismo… o contrátanos)
A diferencia de otras comunidades donde tú presentas los papeles y «ya te dirán cuánto pagar», en Madrid rige el sistema de Autoliquidación Obligatoria. Esto significa que la Administración no te hace las cuentas. Eres tú (o tu abogado) quien debe rellenar los impresos, calcular la cuota, aplicar la bonificación correctamente e ir al banco a pagar (o presentar «cuota cero») .
Los Modelos que debes conocer
Para liquidar la herencia en Madrid, debes familiarizarte con dos formularios clave:
- Modelo 660 (Inventario de Bienes): Aquí se listan todos los bienes del fallecido (pisos, cuentas, acciones) y se valoran. Es un documento único para toda la herencia.
- Modelo 650 (Autoliquidación Individual): Este se rellena uno por cada heredero. Aquí es donde se calcula cuánto te toca a ti y donde marcas la casilla mágica de la Bonificación del 99% (o del 25% si eres hermano).
¡Cuidado con el error informático! La Comunidad de Madrid tiene un programa de ayuda, pero si te equivocas al meter un código y no marcas la bonificación, el programa te sacará la carta de pago por el 100%. Y una vez pagado, reclamar la devolución de ingresos indebidos es un calvario de meses. Revisa tres veces antes de validar.
7. ¿Dónde se presenta? La Oficina Liquidadora y los Distritos
Muchos clientes se van directos a la Consejería de Hacienda en el centro, pero Madrid tiene un sistema descentralizado muy particular. Dependiendo de dónde viviera el fallecido, te tocará una oficina u otra .
La Oficina Central
Situada en la Calle del General Martínez Campos, 30. Aquí se gestionan muchas herencias, pero no todas. Es la oficina de referencia, pero suele estar colapsada.
Las Oficinas Liquidadoras de Distrito (Registros de la Propiedad)
Para agilizar, la Comunidad de Madrid tiene convenio con los Registradores de la Propiedad. Si el fallecido vivía, por ejemplo, en el Barrio de Salamanca, o en Vallecas, o en un pueblo como Pozuelo, es muy probable que la «Oficina Liquidadora» competente sea el Registro de la Propiedad de esa zona .
¿Cómo saber cuál te toca? En nuestro despacho, lo primero que hacemos es geolocalizar el último domicilio del fallecido para saber a qué Registro debemos enviar la documentación. Ir a la oficina equivocada significa perder una mañana entera haciendo cola para que te digan «aquí no es».
8. Novedades 2025: Bonificación para Hermanos y Tíos (Grupo III)
Lo mencioné brevemente antes, pero merece un apartado propio porque es la gran novedad que atrae a muchos clientes . Históricamente, heredar de un hermano soltero o de una tía sin hijos en Madrid era carísimo. Eso ha cambiado.
Ahora, los colaterales de 2º y 3º grado (hermanos, tíos, sobrinos) disfrutan de una Bonificación del 25% sobre la cuota.
- Requisitos: Igual que para hijos, es obligatorio formalizar la herencia en Escritura Pública.
- Ejemplo: Si heredas de tu hermano y te sale a pagar 40.000€, con la bonificación te ahorras 10.000€ directos. Sigues pagando 30.000€ (no es el chollo del 99%), pero es un alivio considerable que antes no existía.
9. Plazos en Madrid: Los 6 meses y la Prórroga
En Madrid son estrictos con el calendario. Tienes 6 meses desde el fallecimiento para presentar los Modelos 650 y 660.
¿Necesitas más tiempo? Puedes pedir prórroga de otros 6 meses, pero ojo a la norma local:
- Debes pedirla antes de que pasen 5 meses.
- En Madrid, si pides prórroga, tendrás que pagar intereses de demora cuando finalmente liquides el impuesto.
- Truco de experto: Si la cuota a pagar es CERO (porque aplicas la bonificación del 99% y te sale una cantidad ridícula), los intereses de demora sobre cero… ¡son cero! En herencias de padres a hijos en Madrid, pedir prórroga suele salir «gratis» financieramente hablando. Úsala si necesitas tiempo para vender un piso o poner orden.
10. Casos de Éxito en Madrid: Ahorro Real
Para que veas que esto no es teoría, te cuento dos casos recientes de la semana pasada en mi despacho en Madrid .
- Caso A: La Viuda de Chamberí. Heredaba el 50% de un piso en Chamberí valorado en 800.000€ y fondos de inversión. Cuota sin bonificación: 65.000€. Cuota final pagada (Bonificación 99%): 650€. Tranquilidad absoluta para la clienta, que temía tener que vender su casa.
- Caso B: Los Sobrinos de Móstoles. Dos sobrinos heredaban de una tía soltera un piso antiguo. Al ser sobrinos (Grupo III), se aplicó la bonificación del 25%. Se ahorraron unos 8.000€ cada uno respecto a la normativa antigua. No es «gratis», pero el ahorro pagó sobradamente nuestros honorarios y los del Notario.
BLOG DE HERENCIAS
Gem personalizado
Aquí tienes la segunda parte y conclusión de tu artículo estrella para el posicionamiento local en Madrid. Con esto, cubrimos no solo el «qué» (el ahorro), sino el «cómo» (la gestión burocrática), que es donde el cliente necesita a un gestor o abogado.
6. La Burocracia Madrileña: Autoliquidación Obligatoria (Hazlo tú mismo… o contrátanos)
A diferencia de otras comunidades donde tú presentas los papeles y «ya te dirán cuánto pagar», en Madrid rige el sistema de Autoliquidación Obligatoria. Esto significa que la Administración no te hace las cuentas. Eres tú (o tu abogado) quien debe rellenar los impresos, calcular la cuota, aplicar la bonificación correctamente e ir al banco a pagar (o presentar «cuota cero») .
Los Modelos que debes conocer
Para liquidar la herencia en Madrid, debes familiarizarte con dos formularios clave:
- Modelo 660 (Inventario de Bienes): Aquí se listan todos los bienes del fallecido (pisos, cuentas, acciones) y se valoran. Es un documento único para toda la herencia.
- Modelo 650 (Autoliquidación Individual): Este se rellena uno por cada heredero. Aquí es donde se calcula cuánto te toca a ti y donde marcas la casilla mágica de la Bonificación del 99% (o del 25% si eres hermano).
¡Cuidado con el error informático! La Comunidad de Madrid tiene un programa de ayuda, pero si te equivocas al meter un código y no marcas la bonificación, el programa te sacará la carta de pago por el 100%. Y una vez pagado, reclamar la devolución de ingresos indebidos es un calvario de meses. Revisa tres veces antes de validar.
7. ¿Dónde se presenta? La Oficina Liquidadora y los Distritos
Muchos clientes se van directos a la Consejería de Hacienda en el centro, pero Madrid tiene un sistema descentralizado muy particular. Dependiendo de dónde viviera el fallecido, te tocará una oficina u otra .
La Oficina Central
Situada en la Calle del General Martínez Campos, 30. Aquí se gestionan muchas herencias, pero no todas. Es la oficina de referencia, pero suele estar colapsada.
Las Oficinas Liquidadoras de Distrito (Registros de la Propiedad)
Para agilizar, la Comunidad de Madrid tiene convenio con los Registradores de la Propiedad. Si el fallecido vivía, por ejemplo, en el Barrio de Salamanca, o en Vallecas, o en un pueblo como Pozuelo, es muy probable que la «Oficina Liquidadora» competente sea el Registro de la Propiedad de esa zona .
¿Cómo saber cuál te toca? En nuestro despacho, lo primero que hacemos es geolocalizar el último domicilio del fallecido para saber a qué Registro debemos enviar la documentación. Ir a la oficina equivocada significa perder una mañana entera haciendo cola para que te digan «aquí no es».
8. Novedades 2025: Bonificación para Hermanos y Tíos (Grupo III)
Lo mencioné brevemente antes, pero merece un apartado propio porque es la gran novedad que atrae a muchos clientes . Históricamente, heredar de un hermano soltero o de una tía sin hijos en Madrid era carísimo. Eso ha cambiado.
Ahora, los colaterales de 2º y 3º grado (hermanos, tíos, sobrinos) disfrutan de una Bonificación del 25% sobre la cuota.
- Requisitos: Igual que para hijos, es obligatorio formalizar la herencia en Escritura Pública.
- Ejemplo: Si heredas de tu hermano y te sale a pagar 40.000€, con la bonificación te ahorras 10.000€ directos. Sigues pagando 30.000€ (no es el chollo del 99%), pero es un alivio considerable que antes no existía.
9. Plazos en Madrid: Los 6 meses y la Prórroga
En Madrid son estrictos con el calendario. Tienes 6 meses desde el fallecimiento para presentar los Modelos 650 y 660.
¿Necesitas más tiempo? Puedes pedir prórroga de otros 6 meses, pero ojo a la norma local:
- Debes pedirla antes de que pasen 5 meses.
- En Madrid, si pides prórroga, tendrás que pagar intereses de demora cuando finalmente liquides el impuesto.
- Truco de experto: Si la cuota a pagar es CERO (porque aplicas la bonificación del 99% y te sale una cantidad ridícula), los intereses de demora sobre cero… ¡son cero! En herencias de padres a hijos en Madrid, pedir prórroga suele salir «gratis» financieramente hablando. Úsala si necesitas tiempo para vender un piso o poner orden.
10. Casos de Éxito en Madrid: Ahorro Real
Para que veas que esto no es teoría, te cuento dos casos recientes de la semana pasada en mi despacho en Madrid .
- Caso A: La Viuda de Chamberí. Heredaba el 50% de un piso en Chamberí valorado en 800.000€ y fondos de inversión. Cuota sin bonificación: 65.000€. Cuota final pagada (Bonificación 99%): 650€. Tranquilidad absoluta para la clienta, que temía tener que vender su casa.
- Caso B: Los Sobrinos de Móstoles. Dos sobrinos heredaban de una tía soltera un piso antiguo. Al ser sobrinos (Grupo III), se aplicó la bonificación del 25%. Se ahorraron unos 8.000€ cada uno respecto a la normativa antigua. No es «gratis», pero el ahorro pagó sobradamente nuestros honorarios y los del Notario.
Conclusión: Madrid es un paraíso fiscal (si sabes hacer el papeleo)
Heredar en Madrid es un privilegio comparado con otras regiones, pero la Bonificación del 99% es un derecho que debes «activar» cumpliendo los requisitos:
- Ser pariente directo (o pareja de hecho registrada).
- Ir al Notario (Escritura Pública).
- Presentar la Autoliquidación en tiempo y forma.
No dejes que un error formal te haga perder el mayor descuento fiscal de tu vida.
¿Necesitas liquidar una herencia en Madrid y quieres asegurarte el 99% de bonificación? Nosotros nos encargamos de pedir la cita en la Oficina Liquidadora correcta, rellenar los modelos 650/660 y garantizar que pagues el mínimo legal.