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Notario explicando los distintos tipos de testamento a una pareja en un despacho notarial.

Tipos de testamento que existen en España

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Contenido

Qué tipos de testamento existen en España

Introducción

Cuando una persona decide organizar su sucesión, una de las primeras dudas que suele surgir es qué tipo de testamento debe hacer. Aunque la mayoría de los ciudadanos únicamente conocen el testamento que se firma ante notario, la legislación española contempla varias modalidades, cada una con características, requisitos y consecuencias diferentes.

Sin embargo, no todos los tipos de testamento tienen la misma utilidad práctica. Algunos se utilizan a diario, mientras que otros son excepcionales y apenas se otorgan en circunstancias muy concretas.

Como abogado especializado en herencias y testamentarías, una de las preguntas que más escucho en el despacho es la siguiente:

«¿Qué testamento me conviene hacer?»

La respuesta depende de la situación familiar, del patrimonio y de los objetivos de cada persona. No existe un único modelo válido para todos los casos.

En esta guía voy a explicar qué tipos de testamento existen en España, cuáles son sus diferencias, qué ventajas e inconvenientes presenta cada uno y cuál recomiendo habitualmente a mis clientes.

También veremos qué modalidades prácticamente han desaparecido, cuáles ofrecen una mayor seguridad jurídica y qué errores conviene evitar antes de otorgar un testamento.

El objetivo es que, al finalizar este artículo, puedas identificar cuál es el tipo de testamento más adecuado para tu situación personal.

¿Qué es un testamento?

El testamento es el acto jurídico mediante el cual una persona expresa cuál será el destino de su patrimonio cuando fallezca.

A través del testamento es posible:

  • Nombrar herederos.
  • Designar legatarios.
  • Favorecer a determinados descendientes dentro de los límites legales.
  • Nombrar un albacea.
  • Organizar la sucesión del patrimonio.
  • Evitar numerosos conflictos entre los herederos.

El testamento únicamente produce efectos tras el fallecimiento del testador.

Mientras la persona vive puede modificarlo, sustituirlo o revocarlo cuantas veces considere oportuno.

¿Es obligatorio hacer testamento?

No.

La legislación española no obliga a ninguna persona a otorgar testamento.

Cuando una persona fallece sin haberlo hecho, la herencia se tramitará mediante la correspondiente declaración de herederos conforme al orden sucesorio previsto por la ley.

No obstante, desde un punto de vista práctico, otorgar un testamento suele evitar numerosos problemas.

Permite:

  • Reducir conflictos familiares.
  • Facilitar la tramitación de la herencia.
  • Organizar el patrimonio.
  • Proteger mejor al cónyuge.
  • Favorecer determinados objetivos familiares.

Por ello siempre considero recomendable otorgar testamento.

¿Cuántos tipos de testamento existen en España?

El Código Civil distingue dos grandes grupos.

Testamentos comunes

Son los que cualquier ciudadano puede otorgar.

Incluyen:

  • Testamento abierto.
  • Testamento cerrado.
  • Testamento ológrafo.

Son las modalidades que veremos con mayor detalle porque son las que pueden utilizar la inmensa mayoría de las personas.

Testamentos especiales

También existen determinados testamentos previstos únicamente para situaciones excepcionales.

Entre ellos:

  • Testamento militar.
  • Testamento marítimo.
  • Testamento realizado en peligro inminente de muerte (en los supuestos legalmente previstos).

En la práctica tienen una utilización muy reducida.

El testamento abierto

El testamento abierto constituye, con diferencia, la modalidad más utilizada en España.

Se calcula que más del noventa por ciento de los testamentos otorgados cada año corresponden a esta modalidad.

¿Cómo se realiza?

El procedimiento es muy sencillo.

El testador acude a una notaría y explica al notario cuál desea que sea el contenido de su testamento.

El notario redacta el documento respetando la legislación vigente, resuelve las dudas que puedan surgir y verifica que la voluntad del testador queda correctamente reflejada.

Una vez leído el documento, el testador lo firma.

El original queda conservado en la notaría y su existencia se comunica al Registro General de Actos de Última Voluntad.

Ventajas del testamento abierto

Presenta numerosas ventajas.

Entre ellas destacan:

  • Máxima seguridad jurídica.
  • Asesoramiento notarial.
  • Conservación del documento.
  • Difícil impugnación.
  • Fácil localización tras el fallecimiento.
  • Menor riesgo de errores.

Precisamente por ello es la modalidad que recomiendo en prácticamente todos los casos.

Inconvenientes

Realmente presenta muy pocos inconvenientes.

Algunas personas consideran que la intervención del notario resta privacidad.

Sin embargo, el contenido del testamento continúa siendo confidencial mientras viva el testador.

Por ello este supuesto inconveniente carece de trascendencia práctica.

¿Quién debería hacer un testamento abierto?

Es la modalidad ideal para:

  • Matrimonios con hijos.
  • Personas con patrimonio inmobiliario.
  • Empresarios.
  • Personas mayores.
  • Familias con varios herederos.
  • Personas que desean evitar conflictos futuros.

En definitiva, es la opción más recomendable para la inmensa mayoría de los ciudadanos.

El testamento cerrado

Aunque el Código Civil sigue regulando esta modalidad, lo cierto es que hoy en día apenas se utiliza.

El testamento cerrado permite que el testador mantenga en secreto el contenido de su última voluntad, incluso frente al propio notario.

Esta característica lo diferencia claramente del testamento abierto.

¿Cómo se realiza?

El testador redacta su testamento o encarga su redacción.

Posteriormente introduce el documento en un sobre cerrado y lo entrega al notario, manifestando que ese sobre contiene su testamento.

El notario no conoce su contenido.

Únicamente levanta acta del depósito y de las formalidades exigidas por la ley.

Tras el fallecimiento será necesario abrir el testamento y comprobar su validez.

Ventajas del testamento cerrado

Aunque actualmente apenas se utiliza, presenta algunas ventajas.

Entre ellas:

  • Máxima confidencialidad.
  • El contenido permanece secreto hasta el fallecimiento.
  • Permite mantener absoluta reserva sobre las disposiciones testamentarias.

Inconvenientes

Sin embargo, también presenta importantes inconvenientes.

Los principales son:

  • Mayor riesgo de errores de redacción.
  • Posibles defectos formales.
  • Mayor probabilidad de impugnación.
  • Procedimiento más complejo tras el fallecimiento.
  • Necesidad de apertura y comprobación del documento.

Precisamente por estos motivos ha quedado prácticamente relegado frente al testamento abierto.

¿Cuándo puede resultar útil?

En la práctica únicamente lo recomendaría en situaciones muy excepcionales donde el testador tenga un especial interés en mantener completamente reservado el contenido de su voluntad.

Fuera de esos supuestos, considero mucho más segura la modalidad abierta.

El testamento ológrafo

El testamento ológrafo es probablemente el más conocido por el público general después del testamento notarial.

Muchas personas creen que basta con escribir unas líneas en un papel y firmarlas.

Sin embargo, la realidad jurídica es bastante más compleja.

¿Qué es un testamento ológrafo?

Es el testamento redactado íntegramente por el propio testador, de su puño y letra.

No interviene ningún notario en el momento de su elaboración.

Precisamente por ello la ley exige que cumpla estrictamente determinados requisitos.

Requisitos

Para que sea válido deberán cumplirse, entre otros, los siguientes requisitos:

  • Estar completamente escrito a mano por el testador.
  • Contener la fecha completa.
  • Estar firmado.
  • Reflejar claramente la voluntad del testador.

Si falta alguno de estos requisitos, el documento puede resultar inválido.

¿Qué ocurre tras el fallecimiento?

Aquí aparece uno de sus mayores inconvenientes.

El testamento no produce automáticamente efectos.

Será necesario iniciar un procedimiento para acreditar su autenticidad y proceder a su protocolización.

Esto implica:

  • Más trámites.
  • Más tiempo.
  • Más costes.
  • Mayor posibilidad de conflictos entre los herederos.

Ventajas

Entre sus ventajas destacan:

  • Puede redactarse en cualquier momento.
  • No requiere acudir inicialmente al notario.
  • Permite mantener absoluta privacidad.

Inconvenientes

En mi opinión, los inconvenientes son mucho más importantes.

Entre ellos:

  • Riesgo elevado de nulidad.
  • Problemas de interpretación.
  • Posibilidad de pérdida o destrucción.
  • Mayor facilidad para ser impugnado.
  • Necesidad de procedimientos posteriores.

Precisamente por estas razones rara vez recomiendo esta modalidad.

Testamentos especiales

Además de los testamentos comunes, la legislación contempla determinados testamentos destinados a situaciones muy concretas.

Actualmente tienen una utilización extraordinariamente reducida.

Testamento militar

Puede otorgarse por determinadas personas vinculadas a las Fuerzas Armadas cuando concurren las circunstancias previstas legalmente.

Su finalidad consiste en permitir otorgar testamento en situaciones excepcionales derivadas de operaciones militares.

En la práctica resulta muy poco frecuente.

Testamento marítimo

Está pensado para quienes realizan determinados viajes por mar y no tienen posibilidad de acudir a un notario.

También constituye una modalidad absolutamente excepcional.

Testamentos en circunstancias extraordinarias

La legislación contempla además algunos supuestos excepcionales relacionados con situaciones de grave peligro o imposibilidad material de acudir a un notario.

Se trata de casos muy concretos cuya aplicación práctica es muy limitada.

Comparativa entre los distintos tipos de testamento

Tipo de testamentoIntervención notarialSeguridad jurídicaUso habitualMi recomendación
Testamento abiertoMuy altaMuy frecuente⭐⭐⭐⭐⭐
Testamento cerradoMediaMuy poco frecuente⭐⭐☆☆☆
Testamento ológrafoNoBajaPoco frecuente⭐☆☆☆☆
Testamentos especialesDepende del supuestoVariableExcepcionalSolo cuando la ley lo permite

La comparación deja una conclusión muy clara.

El testamento abierto ofrece un equilibrio muy superior entre seguridad jurídica, sencillez y protección frente a futuros conflictos.

¿Qué tipo de testamento recomiendo?

Después de muchos años asesorando en materia de herencias, mi recomendación es clara.

Salvo situaciones muy excepcionales, el testamento abierto ante notario es la mejor opción.

¿Por qué?

Porque:

  • Reduce prácticamente a cero los errores formales.
  • Garantiza que el contenido respete la legislación.
  • Facilita la tramitación de la herencia.
  • Evita numerosos conflictos familiares.
  • Resulta económico.
  • Puede modificarse cuantas veces sea necesario.

La diferencia de coste respecto a otras modalidades es mínima, mientras que la diferencia en seguridad jurídica es enorme.

Por ello, cuando un cliente me pregunta qué tipo de testamento debe hacer, casi siempre recomiendo el testamento abierto.

¿Qué tipo de testamento conviene según cada situación?

Una de las mayores dudas que tienen quienes desean hacer testamento es saber cuál es la modalidad más adecuada para su caso concreto.

Aunque el Código Civil contempla varios tipos de testamento, la realidad es que la elección dependerá de factores como la situación familiar, el patrimonio, la existencia de una empresa o incluso el lugar de residencia.

A continuación analizo los supuestos más habituales que encuentro en mi despacho.

Matrimonio con hijos

Es la situación más frecuente.

Cuando un matrimonio tiene hijos y un patrimonio formado por la vivienda familiar, algunos ahorros y determinados bienes muebles, el testamento abierto ante notario es, sin duda, la opción más recomendable.

Permite:

  • Proteger al cónyuge viudo.
  • Organizar el reparto entre los hijos.
  • Evitar conflictos futuros.
  • Adaptar el contenido a la normativa sobre legítimas.

Además, podrá modificarse fácilmente si cambian las circunstancias familiares.

Persona soltera sin hijos

Muchas personas creen que no necesitan hacer testamento porque no tienen descendientes.

Es un error bastante habitual.

Cuando una persona fallece sin hijos y sin testamento, será la ley quien determine quiénes heredarán.

Mediante un testamento abierto podrá decidir libremente quién recibirá gran parte de su patrimonio.

Por ejemplo:

  • Un hermano.
  • Un sobrino.
  • Un amigo.
  • Una organización benéfica.
  • Cualquier otra persona dentro de los límites legales.

Personas divorciadas

Después de un divorcio siempre recomiendo revisar el testamento.

Es frecuente encontrar personas que otorgaron un testamento años antes y que nunca lo modificaron tras el cambio de su situación familiar.

Aunque el divorcio produce determinadas consecuencias legales, revisar el testamento evita interpretaciones y posibles conflictos.

Siempre que se produzca:

  • Un divorcio.
  • Una separación.
  • Un nuevo matrimonio.
  • El inicio de una nueva convivencia.

Conviene estudiar nuevamente toda la planificación sucesoria.

Familias reconstituidas

Cada vez es más frecuente encontrar familias formadas por hijos de distintos matrimonios.

En estos casos la planificación testamentaria adquiere una importancia extraordinaria.

Será necesario buscar un equilibrio entre:

  • El nuevo cónyuge.
  • Los hijos del primer matrimonio.
  • Los hijos comunes.
  • Los derechos legitimarios.

Son situaciones complejas que requieren un estudio individualizado.

Empresarios y profesionales

Cuando el patrimonio incluye una empresa familiar, participaciones sociales o un despacho profesional, el testamento se convierte en una auténtica herramienta de planificación empresarial.

No basta con decidir quién heredará.

También habrá que estudiar:

  • La continuidad del negocio.
  • El relevo generacional.
  • Los estatutos sociales.
  • Los protocolos familiares.
  • La fiscalidad de la sucesión.

En estos casos un testamento genérico suele resultar claramente insuficiente.

Personas con patrimonio inmobiliario

Quien posee varias viviendas o inmuebles debería prestar especial atención al contenido del testamento.

Una correcta planificación puede evitar situaciones de copropiedad entre numerosos herederos, que con frecuencia terminan generando conflictos.

En ocasiones resulta más conveniente adjudicar determinados bienes concretos a cada heredero que mantener comunidades hereditarias durante años.

Personas con patrimonio reducido

Existe otro error muy extendido.

Pensar que solo merece la pena hacer testamento cuando se posee un patrimonio importante.

Nada más lejos de la realidad.

Incluso una herencia sencilla puede generar importantes problemas familiares cuando no existe un testamento claro.

El coste de otorgarlo es muy reducido si se compara con los conflictos que puede evitar.

Casos prácticos

Veamos algunos ejemplos reales que ilustran la importancia de elegir correctamente el tipo de testamento.

Caso 1: Matrimonio con dos hijos

Un matrimonio posee:

  • Vivienda habitual.
  • Segunda residencia.
  • Ahorros.

Otorgan un testamento abierto recíproco protegiendo al cónyuge superviviente y organizando posteriormente la sucesión entre sus hijos.

Tras el fallecimiento del primero, la tramitación resulta rápida y sin conflictos.

Caso 2: Empresario

Un empresario posee varias sociedades y un importante patrimonio inmobiliario.

En lugar de utilizar un modelo genérico, realiza una planificación sucesoria coordinada con la estructura societaria.

Gracias a ello se evita la paralización de la empresa tras su fallecimiento.

Caso 3: Persona sin hijos

Una mujer viuda desea favorecer especialmente a una sobrina que la ha cuidado durante años.

Mediante un testamento abierto puede organizar su sucesión conforme a su verdadera voluntad, respetando siempre los límites legales.

Caso 4: Testamento ológrafo mal redactado

Un hombre redacta personalmente un documento manuscrito sin cumplir correctamente los requisitos legales.

Tras su fallecimiento aparecen dudas sobre su autenticidad y varios familiares impugnan el documento.

La herencia termina resolviéndose mediante un largo procedimiento judicial.

Con un testamento abierto notarial probablemente se habría evitado todo el conflicto.

Errores más frecuentes al elegir un tipo de testamento

Durante mi experiencia profesional he observado que muchos problemas sucesorios tienen su origen en decisiones equivocadas tomadas años antes.

Estos son algunos de los errores más habituales.

Pensar que cualquier tipo de testamento ofrece la misma seguridad

No es cierto.

Aunque todas las modalidades pueden ser válidas si cumplen los requisitos legales, el nivel de seguridad jurídica es muy diferente.

El testamento abierto ofrece muchas más garantías que un testamento ológrafo.

Copiar modelos encontrados en Internet

Cada patrimonio y cada familia presentan circunstancias distintas.

Utilizar modelos genéricos puede provocar errores importantes y dar lugar a futuras impugnaciones.

No revisar el testamento

El patrimonio cambia con el paso de los años.

También cambian las relaciones familiares.

Un testamento otorgado hace veinte años puede dejar de reflejar completamente la voluntad del testador.

Por ello recomiendo revisarlo siempre que se produzcan acontecimientos relevantes.

Elegir un testamento por ahorrar dinero

El coste de un testamento abierto es muy reducido.

Intentar ahorrar esa pequeña cantidad utilizando modalidades menos seguras puede terminar generando importantes gastos para los herederos.

No pedir asesoramiento profesional

El notario presta un importante asesoramiento jurídico.

No obstante, cuando existen patrimonios complejos o empresas familiares, resulta muy recomendable analizar previamente toda la planificación sucesoria con un abogado especializado.

Mitos sobre los tipos de testamento

Existen muchas ideas equivocadas que conviene aclarar.

«El testamento ológrafo es igual de válido»

No exactamente.

Puede ser válido si cumple todos los requisitos legales, pero presenta muchos más riesgos y exige actuaciones posteriores para producir efectos.

«El testamento abierto no es confidencial»

Falso.

Mientras viva el testador, el contenido permanece protegido y nadie puede conocerlo sin su autorización.

«Solo los ricos necesitan hacer testamento»

Falso.

Cualquier persona que desee organizar su sucesión puede beneficiarse de un testamento correctamente redactado.

«Una vez firmado ya no puede cambiarse»

También es falso.

El testador puede modificar su testamento tantas veces como desee mientras conserve capacidad para hacerlo.

De hecho, es recomendable revisarlo periódicamente para adaptarlo a los cambios personales y patrimoniales.

Checklist para elegir el tipo de testamento adecuado

Antes de otorgar un testamento, dedica unos minutos a revisar estos puntos. Una buena planificación hoy puede evitar muchos problemas a tus herederos en el futuro.

Antes de acudir al notario

✓ Analizar tu situación familiar.

✓ Identificar quiénes serán tus herederos.

✓ Hacer un inventario aproximado de tu patrimonio.

✓ Decidir si deseas realizar algún legado concreto.

✓ Valorar si quieres nombrar un albacea.

✓ Comprobar si existen hijos menores o personas con discapacidad.

✓ Analizar si posees empresas familiares o participaciones sociales.

Elegir el tipo de testamento

✓ Comparar las distintas modalidades.

✓ Valorar las ventajas del testamento abierto.

✓ Evitar modalidades menos seguras salvo que exista una razón concreta.

✓ Resolver todas las dudas antes de la firma.

Después del otorgamiento

✓ Conservar una copia simple si el notario la facilita.

✓ Revisar el testamento cuando cambie tu situación familiar.

✓ Modificarlo cuando resulte necesario.

✓ Informar a una persona de confianza de que existe un testamento (sin necesidad de revelar su contenido).

Preguntas frecuentes sobre los tipos de testamento

¿Cuál es el testamento más utilizado en España?

El testamento abierto ante notario es, con diferencia, el más utilizado y el que ofrece una mayor seguridad jurídica.

¿Cuál es el tipo de testamento más recomendable?

Para la inmensa mayoría de las personas, el testamento abierto es la mejor opción por su sencillez, seguridad y facilidad de modificación.

¿Qué diferencia existe entre un testamento abierto y uno cerrado?

En el testamento abierto el notario conoce el contenido y asesora al testador. En el cerrado, el contenido permanece secreto incluso para el notario hasta el fallecimiento.

¿Qué es un testamento ológrafo?

Es el testamento redactado íntegramente a mano por el propio testador, sin intervención notarial. Debe cumplir estrictos requisitos legales para ser válido.

¿Puede hacerse un testamento sin acudir al notario?

Sí, mediante un testamento ológrafo en los supuestos permitidos por la ley. No obstante, suele generar más problemas y requiere actuaciones posteriores para producir efectos.

¿Es más caro un testamento abierto?

No.

El coste de un testamento abierto suele ser reducido y compensa ampliamente la seguridad jurídica que ofrece.

¿Puede modificarse cualquier tipo de testamento?

Sí.

Mientras el testador conserve capacidad, podrá otorgar un nuevo testamento que sustituya al anterior en aquello que resulte incompatible.

¿Qué ocurre si existen varios testamentos?

Con carácter general, será válido el último testamento otorgado conforme a la ley.

¿Los testamentos especiales siguen utilizándose?

Sí, aunque únicamente en circunstancias muy concretas previstas por la legislación. Su utilización práctica es muy escasa.

¿Puede impugnarse un testamento?

Sí.

Cuando concurren determinadas causas legales, como falta de capacidad, defectos formales o vulneración de derechos legitimarios.

¿El testamento ológrafo puede perderse?

Sí.

Precisamente este es uno de sus mayores inconvenientes, además del riesgo de destrucción o manipulación.

¿Es obligatorio nombrar un albacea?

No.

Su designación es voluntaria, aunque puede resultar muy útil cuando existen varios herederos o un patrimonio complejo.

¿Puedo elegir libremente cualquier tipo de testamento?

Dependerá de que se cumplan los requisitos legales exigidos para cada modalidad.

¿Qué modalidad genera menos conflictos?

Sin duda, el testamento abierto notarial, ya que reduce considerablemente los errores de forma y las posibilidades de impugnación.

¿Cuándo debería revisar mi testamento?

Siempre que se produzcan cambios importantes en tu vida, como un matrimonio, un divorcio, el nacimiento de hijos o nietos, la compra de inmuebles o la creación de una empresa.

Conclusión

Aunque la legislación española contempla distintos tipos de testamento, la realidad es que la mayoría de las personas encontrarán en el testamento abierto ante notario la solución más segura, sencilla y eficaz para organizar su sucesión.

Elegir correctamente la modalidad testamentaria no solo facilita el reparto de la herencia, sino que también evita conflictos familiares, reduce el riesgo de impugnaciones y garantiza que la voluntad del testador pueda cumplirse con todas las garantías legales.

Los testamentos cerrados, ológrafos y especiales siguen existiendo y pueden resultar útiles en determinadas circunstancias, pero su utilización práctica es muy limitada y presentan mayores riesgos.

Por ello, antes de tomar una decisión, resulta aconsejable recibir asesoramiento profesional y adaptar el contenido del testamento a la situación familiar y patrimonial de cada persona.

¿Necesitas ayuda para elegir el testamento más adecuado?

En herenciasytestamentarias.es asesoramos a personas y familias que desean planificar correctamente su sucesión.

Estudiamos cada caso de forma personalizada, analizamos la situación familiar y patrimonial y recomendamos el tipo de testamento que mejor protege la voluntad del testador y los intereses de sus herederos.

Si tienes dudas sobre qué modalidad elegir o deseas otorgar un testamento con todas las garantías legales, estaremos encantados de ayudarte.

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